nota segunda, libro I, parágrafo trigésimo dos ...

volviendo al tono eucarístico de los primeros escritos del Conde de Muajá
debemos recordar a los ínclitos lectores que habiéndose cumplido el plazo
de garantía con respecto a los muestrarios Verde y Rojo respectivamente
de los libros General I y General II, debemos hacer aplicación inmediata de
los parágrafos 23 y 24 del "Código a la sanción de aplicación inocular del
rizoma marioso a efectos colaterales causados por anómalas discrepancias
entre la decimocuarta costilla adánica del susodicho y la vigésima octava
asunción lunar de la sensibilidad mirística apropiada a toda eva de Tal o
Cual sin distinción de sexo, nacionalidad, raza, orina, merinas, escobachias,
o algún otro segmento infinitesimal que pueda erosionar los fines y/o causas 
de enfriamiento inoportuno de nalgas expuestas a más de 23 grados centígrados
en verano y dieciocho grados una décima en las temporadas de alto frío"
queda entonces registrado en el libro de visitas con antelación a la felación
que producirá la alegría insospechada del Adán con respecto a la Eva, sin más
saluda atentamente Ebraín Al Sacuj, emisario honorario del Gran Kafur/

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